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Cómo presentar su causa
Hemos creado un sitio de Web para ayudarlo a prepararse para su audiencia de apelación que incluye:

  • Cómo hacer y contestar preguntas
  • Sugerencias sobre el protocolo de testigos
  • La muestra de una audiencia grabada
  • Ayuda para preparar sus documentos

El enlace es www.twc.state.tx.us/ui/appl/claimants_intro.html

¿Qué hago para presentar una apelación?
Una apelación es una declaración escrita de desacuerdo con una resolución o decisión emitida por la TWC. La primera apelación es una solicitud de audiencia, y no es necesario enviar pruebas con ella. El aviso de audiencia que le envía contiene instrucciones tocante al envío de documentos. Tanto usted como su patrón podrán apelar una decisión sobre su reclamo de beneficios. Hay que apelar por escrito con su firma. Puede obtener ayuda para presentar una apelación en su centro de la fuerza laboral más cercano, o puede escribirle una carta al Departamento de Apelaciones a 101 East 15th Street, Austin, TX 78778-0002. Su carta deberá contener los siguientes datos:

  • Su nombre y número de seguro social

  • Su dirección actual

  • La fecha en que la TWC le envió la Resolución sobre pago

  • De ser posible, una copia del formulario de Resolución sobre pago

    Si usted o alguno de sus testigos no habla inglés, indique en la apelación que necesita intérprete y qué idioma habrá que interpretar. Indique también en su apelación si usted y/o sus testigos requieren el uso de equipo de comunicación, tal como teléfonos, teléfonos con altoparlante o máquinas de fax.

    Usted cuenta con un término de catorce días, a partir de la fecha en que la TWC le envía la Resolución sobre pago, para presentar su apelación a tiempo. El último día del plazo para apelaciones aparece al pie del formulario de Resolución. Si el decimocuarto día resulta ser un día feriado estatal, prorrogamos el último día del plazo. Envié su apelación por fax a (512) 475-1135 o por correo a TWC Appeals Department 101 E 15th Street Austin, TX 78778-0002

    Si usted apela de una resolución después de cumplirse los catorce días, el Tribunal de Apelaciones debe decidir si puede ver su causa.   Si el Tribunal de Apelaciones no puede ver el caso por no ser oportuna la apelación, la TWC le enviará una decisión escrita en ese sentido.

    Siga solicitando pagos por medio de la presentación de sus certificaciones de reclamos cada quincena durante el proceso de su apelación, a menos de que vuelva a trabajar tiempo completo. Aunque la decisión sobre la apelación resulte ser a su favor, la TWC no podrá pagarle beneficios más que por las semanas en que usted haya presentado certificaciones de reclamos y cumplido con los demás requisitos.  Si se cambia, no deje de avisarle a la TWC de su cambio de dirección.

    IMPORTANTE: Si usted piensa valerse de pruebas escritas, hay que enviarlas al arbitro y al patrón de manera que todos cuenten con su copia de los documentos antes del comienzo de la audiencia. La TWC la manda copias de la información que tenemos a todos los participantes de las audiencias. Enviamos dichos datos junto con el aviso de audiencia, en un envío que incluye lo siguiente:

    • La fecha en que avisamos a su último patrón de que usted solicitó beneficios de desempleo. (Este dato lo incluimos únicamente si es pertinente a su apelación)

    • Todo protesta a su reclamo.

    • Toda información que hayamos recibido en respuesta a su reclamo.

    • Toda relación de hechos que hayamos obtenido al investigar la(s) cuestión(es) apelada(s).

    • La propia apelación (ya sea por carta o formulario de apelación).

    ¿En qué consiste el proceso de apelación?
    Hay tres niveles o instancias de apelación.

    1. El primer paso es la Apelación al Tribunal de Apelaciones.
      Tanto usted como el patrón recibirán una notificación escrita de la hora y la fecha previstas para la audiencia. El aviso de audiencia le explicará las leyes pertinentes y le dará instrucciones para su participación por teléfono. Usted, su patrón y los testigos, si los hay, rendirán su testimonio durante la audiencia. Es muy importante que usted participe en su audiencia de apelación porque el árbitro tomará una decisión sobre su reclamo basándose exclusivamente en las pruebas que se ofrezcan durante la audiencia de apelación. El árbitro redactará una decisión escrita y se la enviará por correo a usted y al patrón.
    2. IMPORTANTE: La TWC proporciona acceso a teléfonos, teléfonos con altoparlantes y maquinas de fax, a las personas que toman parte en audiencias de apelación. Avísenos si no tiene su propio teléfono o si necesita un teléfono con altoparlante para presentar el testimonio de sus testigos. Si necesita ayuda para usar tal equipo, tenemos empleados que le ayudaran. Tratamos de arreglarle el espacio mas privado posible para su audiencia.

      Si al recibir el aviso de audiencia resulta que usted y/o su(s) testigo(s) requiere(n) acceso a alguno de los aparatos referidos, y si no había pedido tal servicio auxiliar en su solicitud de apelación, sírvase dar los siguientes pasos:

      • Comuníquese con el TeleCentro de Seguro de Desempleo de la TWC que tramita su reclamo.

      • Explicarle que tiene cita para una audiencia

      • Indique exactamente la hora y la fecha de su audiencia

      • Indique cuáles servicios específicos necesita

      Si por cualquier motivo usted no puede tomar parte en la audiencia, llame inmediatamente al árbitro de audiencias. Los árbitros no acostumbran conceder aplazamientos; pero si usted no toma parte y se dicta una decisión contraria, podrá solicitar una reapertura del caso. Su petición de reapertura debe estar escrita, firmada, y hay que presentarla en un término de catorce días a partir de la fecha en que la TWC le envía la decisión del Tribunal de Apelaciones. La TWC podrá reabrir el caso y concederle una nueva audiencia si usted puede demostrar que tuvo una causa justificada por la que no tomó parte en la primera audiencia programada.

    3. El segundo paso es la Apelación a la Comisión:
      Si no está de acuerdo con los resultados del Tribunal de Apelaciones, podrá apelar a la Comisión. No habrá nueva audiencia porque este nivel de apelación es únicamente un proceso de revisión. Los tres comisionados de la Comisión de la Fuerza Laboral de Tejas decidirán sobre su caso con base en el testimonio grabado y demás pruebas recibidas durante la audiencia ante el Tribunal de Apelaciones.
    4. De no estar de acuerdo con la decisión de los Comisionados, le quedan dos opciones:

      1. Puede solicitar, en un término de catorce días a partir de la fecha de la audiencia de la apelación, que la Comisión le conceda una nueva audiencia. La TWC aprobará la Petición de Nueva Audiencia únicamente cuando usted pueda demostrar todos los tres elementos a continuación:

        1. Información nueva e importante sobre su caso

        2. Una buena razón por la cual usted no había presentado esta información antes

        3. Por qué considera que esta información podría cambiar la decisión

      2. Puede apelar a una corte civil entre 15 y 28 días subsiguientes a la fecha en que la TWC le envíe la decisión. Antes de apelar a una corte civil, usted deberá haber recurrido a todos las instancias del proceso de apelación que hay dentro de la TWC, con excepción de la Petición de Nueva Audiencia, que es optativa.

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Last Revision: November 26, 2008