De ser posible, una copia del formulario de Resolución sobre
pago
Si usted o alguno de sus testigos no habla inglés, indique en
la apelación que necesita intérprete y qué idioma
habrá que interpretar. Indique también en su apelación
si usted y/o sus testigos requieren el uso de equipo de comunicación,
tal como teléfonos, teléfonos con altoparlante o máquinas
de fax.
Usted cuenta con un término de catorce días, a partir
de la fecha en que la TWC le envía la Resolución
sobre pago, para presentar su apelación a tiempo.
El último día del plazo para apelaciones aparece al
pie del formulario de Resolución. Si el decimocuarto
día resulta ser un día feriado estatal, prorrogamos
el último día del plazo. Envié su apelación por fax a (512) 475-1135 o por correo a TWC Appeals Department 101 E 15th Street Austin, TX 78778-0002
Si usted apela de una resolución después de cumplirse
los catorce días, el Tribunal de Apelaciones debe decidir si
puede ver su causa. Si el Tribunal de Apelaciones no puede
ver el caso por no ser oportuna la apelación, la TWC le enviará
una decisión escrita en ese sentido.
Siga solicitando pagos por medio de la presentación de sus
certificaciones de reclamos cada quincena durante el proceso
de su apelación, a menos de que vuelva a trabajar tiempo completo.
Aunque la decisión sobre la apelación resulte ser a
su favor, la TWC no podrá pagarle beneficios más que
por las semanas en que usted haya presentado certificaciones de reclamos
y cumplido con los demás requisitos. Si se cambia, no
deje de avisarle a la TWC de su cambio de dirección.
IMPORTANTE: Si usted piensa valerse de pruebas escritas, hay que
enviarlas al arbitro y al patrón de manera que todos cuenten
con su copia de los documentos antes del comienzo de la audiencia.
La TWC la manda copias de la información que tenemos a todos
los participantes de las audiencias. Enviamos dichos datos junto con
el aviso de audiencia, en un envío que incluye lo siguiente:
- La fecha en que avisamos a su último patrón de que
usted solicitó beneficios de desempleo. (Este dato lo incluimos
únicamente si es pertinente a su apelación)
- Todo protesta a su reclamo.
- Toda información que hayamos recibido en respuesta a su
reclamo.
- Toda relación de hechos que hayamos obtenido al investigar
la(s) cuestión(es) apelada(s).
- La propia apelación (ya sea por carta o formulario de apelación).
¿En
qué consiste el proceso de apelación?
Hay tres niveles o instancias de apelación.
- El primer paso es la Apelación al Tribunal de Apelaciones.
Tanto usted como el patrón recibirán una notificación
escrita de la hora y la fecha previstas para la audiencia. El
aviso de audiencia le explicará las leyes pertinentes y
le dará instrucciones para su participación por
teléfono. Usted, su patrón y los testigos, si los
hay, rendirán su testimonio durante la audiencia. Es muy
importante que usted participe en su audiencia de apelación
porque el árbitro tomará una decisión sobre
su reclamo basándose exclusivamente en las pruebas que
se ofrezcan durante la audiencia de apelación. El árbitro
redactará una decisión escrita y se la enviará
por correo a usted y al patrón.
IMPORTANTE: La TWC proporciona acceso a teléfonos, teléfonos
con altoparlantes y maquinas de fax, a las personas que toman
parte en audiencias de apelación. Avísenos si
no tiene su propio teléfono o si necesita un teléfono
con altoparlante para presentar el testimonio de sus testigos.
Si necesita ayuda para usar tal equipo, tenemos empleados que
le ayudaran. Tratamos de arreglarle el espacio mas privado posible
para su audiencia.
Si al recibir el aviso de audiencia resulta que usted y/o su(s)
testigo(s) requiere(n) acceso a alguno de los aparatos referidos,
y si no había pedido tal servicio auxiliar en su solicitud
de apelación, sírvase dar los siguientes pasos:
- Comuníquese con el TeleCentro
de Seguro de Desempleo de la TWC que tramita su reclamo.
- Explicarle que tiene cita para una audiencia
- Indique exactamente la hora y la fecha de su audiencia
- Indique cuáles servicios específicos necesita
Si por cualquier motivo usted no puede tomar parte en la audiencia,
llame inmediatamente al árbitro de audiencias. Los árbitros
no acostumbran conceder aplazamientos; pero si usted no toma parte
y se dicta una decisión contraria, podrá solicitar
una reapertura del caso. Su petición de reapertura debe
estar escrita, firmada, y hay que presentarla en un término
de catorce días a partir de la fecha en que la TWC le envía
la decisión del Tribunal de Apelaciones. La TWC podrá
reabrir el caso y concederle una nueva audiencia si usted puede
demostrar que tuvo una causa justificada por la que no tomó
parte en la primera audiencia programada.
- El segundo paso es la Apelación a la Comisión:
Si no está de acuerdo con los resultados del Tribunal de
Apelaciones, podrá apelar a la Comisión. No habrá
nueva audiencia porque este nivel de apelación es únicamente
un proceso de revisión. Los tres comisionados de la Comisión
de la Fuerza Laboral de Tejas decidirán sobre su caso con
base en el testimonio grabado y demás pruebas recibidas
durante la audiencia ante el Tribunal de Apelaciones.
- De no estar de acuerdo con la decisión de los Comisionados,
le quedan dos opciones:
- Puede solicitar, en un término de catorce días
a partir de la fecha de la audiencia de la apelación,
que la Comisión le conceda una nueva audiencia.
La TWC aprobará la Petición de Nueva Audiencia
únicamente cuando usted pueda demostrar todos los tres
elementos a continuación:
- Información nueva e importante sobre su caso
- Una buena razón por la cual usted no había
presentado esta información antes
- Por qué considera que esta información podría
cambiar la decisión